HomeLicencia de obrasCómo tramitar una licencia de obra: obras mayores y menores

Cómo tramitar una licencia de obra: obras mayores y menores

Realizar una obra, ya sea parcial o integral, implica cumplir con la normativa que indica cada Ayuntamiento. Dicho trámite incluye solicitar una licencia y abonar unas tasas, que varían en función de municipio, ciudad y tipo de obra.

Si te decantas por contratar a un arquitecto o asesor que te ayude con las obras, normalmente son ellos los que se ocupan de todas estas tareas, pero no está de más qué obligaciones debemos cumplir dado que nosotros somos los últimos responsables y hemos de estar seguros de que todo está al día.

En realidad, poca gente sabe en realidad cómo tramitar una licencia de obra. Hoy te explicamos algunas de las variantes que te vas a encontrar antes de ponerte con ello.

Cómo tramitar una licencia de obra

Licencia de obra menor

 

No nos debemos dejar llevar por la calificación de «obra menor»: no se tratan de simples reformas de cocina, baño, cambio de solería, etc., (las licencias para este tipo de obras se denominan enterado de obra o assabentat, y se gestionan de forma diferente como veremos más adelante). La distinción entre obras mayores y obras menores se realiza en cuanto las «menores» se tiran tabiques o se remodela la vivienda, local, etc., sin afectar a la estructura, a pesar de la complejidad de la obra. En las mayores (como veremos posteriormente), sí hay una afectación directa de la estructura.

Para solicitar la licencia de obra menor se debe presentar en el ayuntamiento la documentación que se requiera y hacer la liquidación de la tasa de obras que esté establecida. Una vez que se ha comunicado la intención de llevar a cabo obras menores, estas pueden comenzar de manera inmediata. De todas maneras, si la administración llegara a detectar alguna irregularidad en la obra, podría solicitar su corrección.

Merece la pena puntualizar que, cuando hablamos de obras menores, podemos realizar un comunicado inmediato, con el que podemos comenzar las obras sin esperar a la respuesta del Ayuntamiento, o un comunicado diferido, que sí exige de aprobación previa del Ayuntamiento y que normalmente va asociado a obras en edificios protegidos u obras menores que sí incluyen modificaciones que afectan a la estructura interna del inmueble.

 

Obras de poca complejidad, las cuales no requieren de una modificación importante del inmueble y de su estructura como las reformas estéticas, arreglos fruto del desgaste por uso cotidiano, renovación de baños o cocinas, etc., no requieren de la intervención de un técnico: es un permiso aparte denominado como enterado de obras o assabentat, y la solicitud corre por parte del propietario, que deberá gestionarlo directamente en el Ayuntamiento.

 

Licencia de obra mayor

 

En este caso, este tipo de licencia se debe solicitar cuando las modificaciones que se pretenden hacer afectan a la estructura o a los elementos sustentantes de un inmueble: ya sean fachada, tejado o cimientos; o bien cuando vamos a ampliar en metros, en caso de obra nueva y en caso de uso de vivienda particular a local.

El procedimiento para la tramitación de esta licencia de obras es un poco más complejo y necesita de la supervisión de un arquitecto técnico o de un profesional que esté cualificado para estos mismos fines. Implica reunir la documentación que requiera el Ayuntamiento y pagar las tasas correspondientes. Suelen ser planos y una memoria donde se detallen en qué van a consistir las obras, finalidad, por qué se ha decidido hacer así, etcétera. Este tipo de obras no pueden iniciarse hasta que la Administración no haya hecho el otorgamiento de las licencias que corresponden.

Comienza la reforma con todos los trámites en regla y con la tranquilidad que te mereces. ¡Solicita ahora tu licencia de obras!

 

Licencia de Obras con GMS Arquitectura

5/5 - (5 votos)