¿Cuáles son las condiciones de habitabilidad en una vivienda?
Las condiciones de habitabilidad de una vivienda se refieren a las características de calidad, técnicas, aplicación y sentido que debe tener una edificación. Al estar reguladas por la normativa de habitabilidad/condiciones de habitabilidad y decretos municipales y autonómicos, pueden variar en lo que se refiere a valores de referencia sin llegar a menospreciar y/o perjudicar las garantías mínimas exigidas en el Código Técnico de la Edificación.
Condiciones de habitabilidad en una vivienda
Teniendo en consideración las condiciones de habitabilidad dictadas por cada comunidad autónoma, a continuación enumeramos las principales condiciones de habitabilidad con las que debe cumplir una vivienda:
- Ocupación y habitabilidad: una vivienda de uso privado debe contar con una superficie útil de al menos 36 m2, incluyendo salón-comedor, cocina y baño.
- Ahorro energético y sostenibilidad: cumplir con la normativa de eficiencia energética vigente. Para ello el propietario debe contar con el certificado energético que puede obtener con la ayuda de un estudio de arquitectura.
- Compartimentación: es libre con la única limitación de que los baños sean independientes y las habitaciones se pueden independizar. Ninguno de los espacios de la vivienda puede servir de acceso a un local, así como los baños no pueden servir de acceso a las otras habitaciones.
- Fachada: ha de tener una fachada abierta al exterior que permita iluminación y ventilación.
- Altura mínima: entre el techo y el piso debe haber una altura mínima de 2,50 m. En el caso de la cocina, baños y espacios de circulación no puede ser menor de 2,20 m.
- Espacios comunes: la sala de estar, el comedor y la cocina deben tener una superficie mayor a 20 m2.
- Habitaciones: la habitación más pequeña debe ser de 6 m2.
- Accesibilidad: las puertas de acceso a las áreas internas deben ser de 0,70 metros de ancho y 2 metros de alto, como mínimo. Si tiene dos o más pisos el acceso a la cocina, el baño, habitación y espacios comunes deben ser practicables. Las escaleras deberán tener una anchura de 0,90 metros con baranda de 0,90 metros de alto.
- Iluminación natural y ventilación: tanto las habitaciones como los espacios comunes deben tener iluminación y ventilación natural directa desde el exterior, mediante ventanas con una superficie mínima de 1/8 de su superficie útil.
- Espacios para almacenamiento: las habitaciones deben contar con un espacio de almacenamiento con una profundidad de 0,60 metros, 2,20 metros de altura y 1 metro de longitud.
- Baños: las viviendas con 3 habitaciones deben contar con váter, plato de ducha/bañera y lavamanos. Si tiene 4 o más debe tener un mínimo de 2 wcs, 1 plato de ducha o bañera y 2 lavamanos.
- Tendedero: a excepción de la imposibilidad planteada en la normativa u ordenanzas municipales, se deberá contar con un espacio para tender la ropa con ventilación permanente y estar resguardado de la vista desde los espacios públicos.
- Equipo/dotación: la vivienda tendrá que contar con servicio de agua caliente y fría, electricidad y evacuación de aguas, baños, cocina con desagüe, sistema de extracción de humos y equipo de cocción, lavandero, sistema electrónico que permita la fácil apertura de la puerta del edificio y sistema de acceso a los servicios de telecomunicaciones.
