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Inspección Técnica de Edificios (ITE)

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    En GMS Arquitectura, realizamos todo el proceso de Inspección Técnica de Edificios, desde el informe técnico, hasta los trámites en la Generalitat. Se trata de una inspección obligatoria para todos los edificios plurifamiliares de viviendas.

    ¿Qué es la Inspección Técnica de Edificios – ITE?

    La Inspección Técnica de Edificios es una inspección obligatoria que estudia y evalúa el estado general del edificio y que debe realizarse en todos los edificios plurifamiliares de viviendas.

    La finalidad de la Inspección Técnica de Edificios es fijar un sistema de control periódico del estado de los edificios de viviendas para verificar su estado de conservación y el resultado es un informe sobre el estado del edificio (IITE).

    ¿Qué es el IITE?

    Es el informe donde se describen las características del edificio donde se indica su estado de conservación y las posibles deficiencias (constructivas o funcionales) que se hayan detectado.

    Este informe se puede realizar a través de un Generador y con él se puede solicitar el Certificado de Aptitud del edificio para saber si se encuentra o no en las condiciones adecuadas para su habitabilidad.

    ¿Qué plazos están definidos?

    Según la antigüedad y la tipología del edificio, los términos o plazo máximos previstos para la solicitud del Certificado de Aptitud son los siguientes:

    EDIFICIO PLURIFAMILIAR

    Antigüedad del edificio

    Plazo para la ITE

    Entre 1961 y 1971

    Hasta el 31 de diciembre de 2016

    A partir de 1971

    El año que cumpla 45 años de antigüedad

    Los anteriores a 1961 ya deberían haber pasado la inspección técnica.

    EDIFICIO UNIFAMILIAR

    Antigüedad del edificio

    Plazo para la ITE

    Anteriores a 1900

    Hasta el 31 de diciembre de 2016

    Entre 1901 y 1930

    Hasta el 31 de diciembre de 2017

    Entre 1931 y 1950

    Hasta el 31 de diciembre de 2018

    Entre 1951 y 1960

    Hasta el 31 de diciembre de 2019

    Entre 1961 y 1975

    Hasta el 31 de diciembre de 2020

    A partir de 1975

    El año que cumpla 45 años de antigüedad

    Los edificios unifamiliares que están separados 1,5 metros o más de la vía pública o fincas vecinas quedan excluidos de la obligación. Aquellos edificios unifamiliares que tengan cédula de habitabilidad vigente también quedan excluidos hasta que caduque la cédula de habitabilidad vigente.

    Precios ITE asequibles en función del número de viviendas del edificio:

    Edificios entre 1 y 3 viviendas

    350€.00

    Edificios entre 4 y 8 viviendas

    450€.00

    Edificios a partir de 9 viviendas

    60€.00*

    *Precios por vivienda. IVA no incluido

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