¿La cédula de habitabilidad es obligatoria?
Desde que entró en vigor el Decreto 55/2009, de 7 de abril, sobre las condiciones de habitabilidad de las viviendas y la cédula de habitabilidad, todas las viviendas deben disponer de cédula de habitabilidad, seún este decreto. Una vez se obtiene la cédula de habitabilidad su vigencia es de 15 años.
Los casos en los que es obligatoria la cédula de habitabilidad son:
- Alquilar o vender una vivienda.
- Dar de alta los servicios de suministro de agua, luz y gas. (En este caso además de la Cédula necesitará un Boletín de un electricista).
- Para realizar la dación en pago se la pedirá su banco.
- Para la reagrupación familiar, se la solicitará el ayuntamiento.
Para más información o para solictar la cédula de habitabilidad, puede dirigirse a: