Dónde solicitar ayudas para la rehabilitación de fachadas y edificios
Dese el Ministerio de Fomento se ofrecen ayudas para la rehabilitación de viviendas, de fachadas y de edificios. Sin embargo, sólo el 5% de las personas que han reformado su casa han solicitado una de estas ayudas.
Aunque las ayudas las tramita cada Comunidad Autónoma, el Ministerio de Fomento establece unas condiciones y requisitos básicos para las ayudas. Estas son las claves de las ayudas para la rehabilitación de fachadas y edificios:
¿Qué requisitos deben cumplir los inmuebles?
Para solicitar una ayuda a la rehabilitación de fachadas y edificios, estos inmuebles deben cumplir estas 3 condiciones:
- Antigüedad mínima de 15 años (excepto para la eliminación de barreras arquitectónicas para personas con discapacidad o para la adaptación de las instalaciones a la normativa posterior).
- Que los edificios sean adecuados estructural y funcionalmente o que alcancen dicha adecuación con la rehabilitación que se va a realizar.
- Que la superficie útil destinada a vivienda, sea como mínimo el 60% de la superficie útil total del edificio.
¿Qué tipo de ayudas hay?
Las ayudas para la rehabilitación de fachadas y edificios se dividen en 3 tipos diferentes:
1.- Préstamos cualificados.
Se trata de préstamos que pueden alcanzar la totalidad del presupuesto necesario con un plazo máximo de amortización de 20 años y con un periodo de carencia de 3 años.
2.- Subsidiación de préstamos.
Una subvención del 20% de la cuota del préstamo, cuando el titular del préstamo sea el arrendatario o el propietario de una o varias viviendas en el edificio rehabilitado y sus ingresos familiares no superen en 5,5 veces el SMI.
3.- Subvenciones.
Subvenciones máximas del Ministerio de Fomento en función de las siguientes condiciones:
- Subvención general: 1.240€.
- Para ingresos inferiores a 3,5 SMI: 3.100€.
- Para mayores de 65 años con ingresos inferiores a 3,5 SMI: 3.41€.
- Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa: 3.720€.
¿Cómo tramitar la ayuda?
La Comunidad Autónoma donde está situado el edificio o vivienda es la que tramita la ayuda. La solicitud de esta ayuda deberá dirigirse al órgano competente en materia de vivienda de la Comunidad Autónoma y tramitarse según las condiciones que establezca cada una de ellas.
En Palencia quién tramita o ayuda a una comunidad a solicitar esto?