Calendario de revisiones y certificaciones de vivienda y edificios
La Inspección Técnica de Edificios (ITE) es un informe técnico sobre el estado de conservación de un edificio en el que se describen sus desperfectos y las posibles causas de estos tras una inspección visual llevada a cabo por un profesional cualificado, un arquitecto técnico o un aparejador.
Los inmuebles de más de 45 años deben pasar la ITE cada diez años. El técnico que realiza la inspección es el encargado de emitir el correspondiente informe que se debe entregar al organismo oficial de la comunidad en la que se inscribe el edificio. Dicho organismo es quién, a su vez, emitirá un certificado de aptitud en caso de que el informe sea favorable.
El propietario es el encargado de contratar al técnico colegiado y de facilitarle al inspector el acceso a todas las dependencias del edificio. Si el resultado es desfavorable debido a que los inspectores han detectado daños o deficiencias, el propietario también será el responsable de impulsar las reparaciones pertinentes solicitando las correspondientes licencias para realizar obras. Para ello, los vecinos de la comunidad o el propietario de la vivienda pueden gozar de subvenciones públicas, aunque deben demandarse con anterioridad a la ejecución de las obras.
La ITE es un trámite que consiste en revistar la estructura, realizar un estudio de la eficiencia energética del inmueble y de las condiciones básicas de accesibilidad universal. Existen cinco niveles de deficiencias según los fallos que el arquitecto advierta en la inspección: nivel 1 (la obra de mejora debe hacerse en 24 horas), nivel 2 (en tres meses), nivel 3 (en un año), nivel 4 (en más de un año) y nivel 5 (cuestiones de mantenimiento).
La ITE no es ningún impuesto ni tasa municipal. El coste de la inspección es acordado con el profesional que se contrata para realizarla. Algunos colegios profesionales tienen honorarios de referencia fijados en base a diferentes parámetros que puede servir de orientación para conocer por encima el presupuesto que se deberá destinar para este trámite.
El certificado de eficiencia energética es otro de los documentos oficiales obligatorios para todas las viviendas. Está estipulado que tiene una validez máxima de diez años. La renovación de la calificación energética es indispensable cuando el inmueble se desea vender o alquilar y el certificado supere los diez años de antigüedad o cuando se considere que, después de una reforma de una vivienda, se puede obtener una mejor cualificación.
Otras revisiones y certificaciones de vivienda
Cada 5 años es obligatorio revisar las instalaciones de gas: el funcionamiento y la estanqueidad del contador, las tuberías, las llaves y gomas y el estado de conservación. La encargada de realizarla es la empresa distribuidora del gas, que debe avisar con tres meses de antelación antes de realizar la inspección. El precio de la revisión tiene en cuenta dos conceptos: los gastos de gestión y la inspección en sí misma, que es un precio regulado por cada comunidad autónoma.
También es necesario revisar el funcionamiento de las calderas y los aparatos térmicos para garantizar la eficiencia energética, la durabilidad y la seguridad de los equipos. El tiempo estimado para cada caso es el siguiente: calentadores de agua (hasta 24,4 kW), cada 5 años; aire acondicionado (hasta 12kW), cada 4 años; calderas de gas, cada 2 años; y otras calderas (gasóleo, pellet, etc), todos los años.
En caso de tener alguna duda, recomendamos encarecidamente trasladarla a GMS Arquitectura. Nuestro equipo formado por profesionales expertos en diversidad de ámbitos te proporcionará toda la información necesaria para que las revisiones y certificaciones de vivienda y edificios estén al día y no tengan ninguna deficiencia.