Certificados arquitectónicos para comunidades de vecinos: ¿cuáles son necesarios?
La función de un estudio de arquitectura no solo es asegurar la viabilidad y la durabilidad de todo un inmueble, sino también garantizar su habitabilidad una vez el edificio cuenta con inquilinos. Un estudio permite la consecución de diferentes tipos de certificados arquitectónicos que velarán por la seguridad y el cumplimento de la ley vigente por parte de los propietarios de las viviendas.
Es fundamental que cada construcción cuente con las calificaciones pertinentes. Aunque responden a aspectos diferentes, se trata de una serie de trámites y certificados arquitectónicos que son de alta obligatoriedad para las comunidades de vecinos.
En GMS Arquitectura siempre buscamos ofrecer toda la información necesaria y las mejores soluciones a nuestros clientes. A continuación, detallamos los certificados de arquitectura más importantes para los para propietarios.
¿Qué certificados arquitectónicos necesita mi comunidad?
Inspección Técnica de Edificios (ITE)
Este certificado es una cédula de habitabilidad que se aplica a edificios comunitarios. Es obligatorio en edificios de más de 45 años. Un técnico competente debe inspeccionar visualmente el estado de los elementos constructivos y la comunidad de propietarios será la responsable de impulsar un proyecto de las reparaciones pertinentes.
Las deficiencias detectadas como graves que comporten un riesgo para las personas precisarán la adopción inmediata de medidas de seguridad y se comunicarán a los ayuntamientos correspondientes. En el caso de que las deficiencias sean leves, también será necesario establecer trabajos de mantenimiento, aunque no existirá esta noción de urgencia, para proceder a la rehabilitación del inmueble.
Los elementos que se inspeccionan en la realización de una ITE son los siguientes:
- El estado de la cimentación y la estructura
- El estado de fachadas, tanto interiores, exteriores y medianera, y especialmente los que pueden comportar un riesgo para la vía pública
- El estado de las telecomunicaciones, sistemas de seguridad, fontanería y red de saneamiento
- El estado de cubiertas y azoteas
La obligación de la ITE corresponde a los propietarios del inmueble, sean personas físicas o jurídicas, tanto si son inquilinos como si los edificios están en régimen de alquiler. Si una vez transcurrido el plazo correspondiente la propiedad no ha realizado la ITE, se ordenará su realización en un plazo de tres meses y se advertirá de la imposición de una multa coercitiva y una ejecución subsidiaria. Si en este plazo tampoco se realiza, podrá imponerse una multa de 450 euros. Este proceso puede repetirse tres veces más.
Certificado de eficiencia energética
Es un trámite obligatorio para viviendas que se deseen alquilar o vender. Este certificado es un documento oficial redactado por un técnico competente que incluye información sobre las características energéticas del edificio para que los usuarios o compradores puedan evaluarlo.
Todo certificado de eficiencia energética debe contar con los datos del inmueble -incluidos la referencia catastral-, el procedimiento empleado para la obtención de dicho certificado, la normativa sobre ahorro y eficiencia energética en el momento de su construcción o las características energéticas del edificio, las pruebas que se han realizado.
Los inmuebles que obligatoriamente deben tener un certificado de eficiencia energética son:
- Los edificios de nueva construcción
- Los edificios o partes de edificios que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, en caso de no disponer un certificado en vigor
- Los edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que además son zonas frecuentadas por personas.
Los propietarios del edificio serán los responsables de obtener la certificación de la eficiencia energética del inmueble, así como de conservar la correspondiente documentación.
Informes periciales
Este informe no es obligatorio, aunque es importante ante denuncias y juicios en el que está implicado algún desperfecto, o no, del inmueble. Un informe pericial es determinante en un proceso judicial en los casos de disputas vecinales. El objetivo de estos certificados es poner datos en conocimiento del juez que sirvan como pruebas oficiales para verificar el estado de los elementos estructurales o arquitectónicos.
¿Tu comunidad de vecinos está al corriente de todas estas certificaciones? Recuerda que obtenerlas es un procedimiento fácil y que, en caso de no cumplir con la normativa, no solo os exponéis a sanciones, sino que también estáis obviando la seguridad y la habitabilidad del edificio.