HomeInspección Técnica de Edificios (ITE)¿En qué consiste un informe de conservación del edificio?

¿En qué consiste un informe de conservación del edificio?

Un informe de conservación del edificio es imprescindible para garantizar su buen estado. En municipios con una población mayor a 25.000 habitantes, los edificios que sobrepasan los 50 años de antigüedad deben someterse a una inspección técnica periódica que precisamente tiene el objetivo de certificar su estado de conservación.

La seguridad, la salubridad, la accesibilidad o el ornato son los parámetros que se evalúan conforme a las condiciones legales que se exigen a los inmuebles. En caso de observarse elementos que no se ajustan al estado legalmente exigible, se determinan las obras y los trabajos de conservación que precisa el inmueble y el plazo correspondiente para abordarlas.

 

Esta información se recoge en la ITE o Inspección Técnica de Edificios, que es un informe que debe redactar un técnico competente contratado por el propietario. Eso sí, debemos conocer las diferencias ente ITE e IEE que a menudo se confunden.

 

La ITE es un documento que recopila el estado de la estructura y la cimentación, las fachadas, cornisas, marquesinas, cubiertas, azoteas, instalaciones de electricidad, saneamiento y fontanería, humedades y grietas.

 

La Inspección Técnica del Edificio no es un trámite opcional, es una obligación legal que debe realizarse al menos cada 5 años. Es una responsabilidad que se impone a los propietarios con el objetivo de garantizar el buen funcionamiento y la seguridad de los inmuebles; además de que siguiendo esta línea de actuación se reduce el coste del mantenimiento del edificio pues se procede desde la prevención, una cuestión que puede abaratar considerablemente una reparación cuando se localiza a tiempo.

 

¿Qué tengo que saber sobre un informe de conservación del edificio?

 

 

  1. Validez

 

Un certificado sobre el informe de conservación del edificio solo será válido si se remite una copia al Ayuntamiento y otra al colegio profesional pertinente. La normativa también expone que el Consistorio podrá pedir a los propietarios que muestren sus certificados actualizados de inspección periódica de construcciones en cualquier momento.

 

  1. Procedimiento recomendado

 

El informe que realice el técnico competente, que por supuesto debe contar con todas las facilidades posibles por parte de la propiedad, debe ser entregado en el Registro de la Administración Municipal dejando constancia si ha resultado favorable o desfavorable

 

  1. La obligación por parte de la propiedad

 

De acuerdo con la ley vigente, el propietario tiene la obligación de mantener el buen estado de su propiedad, además de permitir las reformas que se precisen y no imponer mejoras que resulten innecesarias. Las obras de conservación y reparación del inmueble también deben contar con su contribución al fondo.

 

  1. Técnico competente

 

El profesional cualificado encargado del informe debe estar en ejercicio y colegiado. Si se perciben desperfectos en el edificio, se describirán, se atribuirán posibles causas y las medidas prioritarias aconsejables para garantizar su estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructural con el fin de realizar un correcto mantenimiento o rehabilitación en pro de la habitabilidad del edificio.

 

  1. ¿Qué precio tiene?

 

El informe ITE no tiene un precio cerrado aplicable a todos los inmuebles; el coste difiere dependiendo las unidades de inspección de cada edificio, número de viviendas o locales comerciales.

 

¿Quiere tener un presupuesto de lo que supondría contratar un informe de conservación del edificio? En GMS Arquitectura encontrará un equipo de técnicos competentes y cualificados preparados para llevar a cabo este tipo de inspecciones completamente imparciales y con el único objetivo satisfacer las expectativas de los clientes.

 

 

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