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Normativa para la ampliación de una vivienda y requisitos

Cuando se es propietario de una vivienda, existe la idea generalizada de que se puede proceder con ella de la forma en que se considere más conveniente en cada momento. Esto incluye desde modificaciones hasta ampliación. No obstante, obras de gran envergadura como es la ampliación requieren de una legalización. Por eso, a continuación, vamos a contarte acerca de la normativa para la ampliación de una vivienda y los requisitos a tener en cuenta para ello.

Lo primero que se debe tener en cuenta es que existen dos grandes parámetros relativos a los trámites para legalizar la reforma de ampliación de una vivienda. Por un lado, los nacionales, propios de la construcción y, por otro, los municipales, relativos al registro de las obras y el ordenamiento urbanístico.

La Ley de Ordenamiento de la Edificación determina que las construcciones deben seguir el Código Técnico de la Edificación (CTE). Es en ese código donde se encuentran los documentos básicos y complementarios sobre temas de construcción, especialmente aquellos vinculados a los materiales y la seguridad.

Requisitos para legalizar la ampliación de vivienda

Como hemos mencionado, los requisitos para legalizar la ampliación de vivienda los fija el ayuntamiento. El primero de estos es la necesidad de presentar un documento realizado por un profesional cualificado. De lo que se trata es de un proyecto o memoria técnica de la instalación. Esta debe adaptarse, en todos los casos, a la normativa vigente de construcción. Para eso, debe incluir descripciones y justificaciones de la estructura, materiales empleados, adaptaciones a normas de accesibilidad y de seguridad, entre otras cosas. También va a tener que contener planos y el Presupuesto Material de Ejecución (PEM).

El PEM es un documento que se usa como referencia para el pago de tasas y para los honorarios profesionales de quien asesora. También se aplica para el cálculo de las sanciones municipales. Presentado todo esto, los técnicos del ayuntamiento revisan la documentación y dictaminan la legalidad urbanística y constructiva de la obra de ampliación realizada.

Tras un análisis minucioso de la documentación, el ayuntamiento puede dar aprobación y, obtenida esta, se puede registrar la obra siguiendo el camino indicado por cada municipio. En caso contrario, puede ocurrir que los técnicos del ayuntamiento requieran modificaciones o adaptaciones de la obra. También puede pasar, en el peor de los casos, que se exija la demolición de la obra y la restitución de la vivienda al estado original.

¿Cuándo hacer la consulta?

Otro aspecto a tener en cuenta relacionado con la normativa para la ampliación de vivienda es el plazo de la consulta. Siempre se recomienda consultar con el ayuntamiento si la obra es legalizable. Esto va a permitir conocer los pasos a seguir para hacerlo, como así también identificar si se está dentro de los parámetros aceptados.

Un punto muy importante en esto es la fecha de construcción de la ampliación. Ello, debido a que cada ayuntamiento determina el período de prescripción de la legalización de obra. En algunos casos, puede imponer sanciones por no haber legalizado la obra realizada en el momento oportuno. En general, la prescripción se suele establecer a los cuatro a ocho años, pero va a ser necesario probar la fecha de construcción mediante documentación.

Finalmente, es importante consultar acerca del tipo específico de obra que se ha realizado y que se contempla como una ampliación. Puede ser una terraza, un almacén, un nuevo cuarto, un nuevo baño, una piscina o, incluso, una vivienda independiente dentro de la finca. Según la obra realizada, se llevará a cabo un trámite diferente.

Preguntas frecuentes sobre la legalización requerida para la ampliación de vivienda

Dicho lo anterior, queremos responder a algunas de las preguntas que aparecen con más frecuencia en relación a la normativa y legalización para la ampliación de vivienda:

1. ¿Dónde se presenta?

El trámite de legalización se presenta en las dependencias municipales de urbanismo que correspondan al domicilio.

2. ¿Por qué es necesario?

Siempre debe quedar constancia legal de la construcción de cualquier elemento nuevo que se añada a la vivienda. Las personas que no presenten la legalización pueden someterse a multas.

3. ¿Quién realiza el trámite?

El responsable de la comunicación con el ayuntamiento es el propietario de la vivienda o el promotor. No obstante, siempre es necesaria la participación de un arquitecto en la tramitación del expediente.

4. ¿Cómo son los costos?

Por último, debemos decir que los principales costos de la legalización de la ampliación de vivienda derivan de la redacción del proyecto. Esto puede complicarse en los casos en los que la ampliación tenga cierta antigüedad y tenga, por eso, que haber sido legalizada desde hace mucho tiempo. En estos casos, el arquitecto se enfrenta al desafío de tener que justificar que esa construcción ya existente cumple con la normativa actual, independientemente de las características de la normativa vigente al momento de realizada la construcción.

Además, se debe abonar la tasa municipal correspondiente a la licencia de obras, incluso en los casos en los que la obra lleve tiempo de realizada. Se deberá pagar, al mismo tiempo, la tasa por licencia de primera ocupación. Las últimas dos son calculadas como un porcentaje del presupuesto de ejecución material. Ese presupuesto, por su parte, está incluido en el proyecto técnico.

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